Asistencia Activa

¿Qué es?
¿Como se instrumenta?
¿En qué situaciones es apropiado solicitar asistencia?
¿Cuanto demora el cumplimiento?
¿Qué recaudos se deben tomar?


¿Qué es?

Dentro de las relaciones de Asistencia Jurídica Internacional, se denomina asistencia activa a las solicitudes de cooperación que son generadas por autoridades argentinas para ser cumplidas en el exterior por parte de autoridades extranjeras.

¿Como se instrumenta?

Los pedidos de cooperación se instrumentan a través de la emisión, por parte de la autoridad jurisdiccional requirente (jueces o fiscales), de una solicitud de asistencia jurídica internacional (ver modelo). Mediante ese documento las autoridades requirentes deben aportar toda la información necesaria para el cumplimiento de la medida de acuerdo al Tratado o Acuerdo aplicable.

Una vez preparada la solicitud, ésta deberá ser enviada a la Dirección de Asistencia Jurídica Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores, C. I. y C. Dicho Organismo, en su carácter de Autoridad Central argentina lo girará a la Autoridad Central del país al que se solicite cooperación y realizará los contactos posteriores con las autoridades extranjeras hasta la devolución de la solicitud diligenciada.

¿En qué situaciones es apropiado solicitar asistencia?

En general, las solicitudes de asistencia son utilizadas como medio para producir pruebas en el extranjero como declaraciones testimoniales, obtención de documentos, informes, etc. Sin perjuicio de ello, la tendencia actual en la materia ha abierto el campo de acción y las medidas a solicitar pueden incluir el desarrollo de alguna tarea puntual de investigación o de inteligencia, medidas cautelares sobre bienes o su decomiso, entrega vigilada de estupefacientes o, en definitiva, cualquier medida que no se oponga a la legislación interna del Estado requerido.

El criterio que deberá tenerse en cuenta para considerar si es apropiado o no solicitar asistencia a una autoridad extranjera en determinado momento del proceso es la cantidad de información que se puede aportar a ésta para que pueda cumplir con la solicitud. Es decir, si se requiere la toma de una declaración testimonial y no se cuenta con los datos necesarios para localizar al testigo es muy probable que la solicitud sea rechazada por las autoridades requeridas. En estas situaciones es conveniente procurar la información mínima necesaria a través de otros medios de cooperación como puede ser una solicitud de colaboración policial al Departamento INTERPOL de la Policía Federal Argentina. Así, una vez obtenidos tales datos mínimos necesarios como la localización del testigo se podrá emitir la solicitud de asistencia de forma tal que ésta pueda ser cumplida por las autoridades requeridas.

¿Cuánto demora el cumplimiento?

No hay un plazo establecido a priori para el diligenciamiento de una solicitud ya que éste puede variar considerablemente de a cuerdo a varios factores: el tipo y complejidad de la medida solicitada, el país al que se solicita la medida, la información que se aporta en la solicitud para facilitar el cumplimiento, etc.

En líneas generales puede preverse que para una solicitud que involucre una medida relativamente sencilla como la obtención de documentación pública o de copias de un proceso judicial o la citación o declaración de un testigo, el plazo de cumplimiento puede variar según el país al que se solicita la cooperación entre 3 y 6 meses aunque tal período no puede tomarse como una regla o norma. En ese sentido, si hay plazos procesales vigentes, es muy importante que en la misma solicitud se especifique si es necesario contar con la respuesta dentro de un determinado período o antes de determinada fecha. También deberá aclarase la urgencia en los casos en que una demora en la respuesta resultara en la pérdida de utilidad de la información o medida requerida.

¿Qué recaudos se deben tomar?

Los recaudos mínimos a tener en cuenta para librar una solicitud de asistencia son los que están previstos en el Tratado o Acuerdo aplicable al caso. Esto variará según el país al que se dirija la solicitud y, en algunos casos, según el delito que se investigue en el proceso toda vez que existe un número importante de convenciones internacionales que se refieren a delitos específicos como el tráfico de estupefacientes, el crimen organizado transnacional, la trata de personas, el soborno internacional, etc. Es decir, deberá determinarse si hay uno o varios Tratados aplicables y luego dar cumplimiento a sus pautas en la solicitud.

Tanto para esos casos como para los casos en los que no resulte aplicable ningún tratado, en ésta página se encuentra disponible un modelo de solicitud que recoge la información que habitualmente requieren las autoridades extranjeras para iniciar las gestiones de cumplimiento de una solicitud. Sin perjuicio de ello debe tenerse en cuenta que en muchos casos la legislación interna del Estado requerido puede agregar requisitos particulares.

Además de lo anterior y en los casos en los que sea necesario, a la solicitud de asistencia deberá acompañarse una traducción al idioma del país al que ésta se dirige. Esa traducción debe ser realizada por un traductor oficial o matriculado (debe tenerse en cuenta que la calidad de la traducción es determinante para el cumplimiento de la solicitud) y deberá abarcar la totalidad de los documentos que se acompañen, tanto la solicitud como sus anexos.

En cuanto a la autenticación del documento, la firma del documento deberá estar certificada por los superiores y las copias que se acompañen por el actuario. En algunos casos (dependiendo del país de destino) deberá tomarse en cuenta que la solicitud tendrá que ser legalizada por la Autoridad Central y, en virtud de ello, el funcionario que certifique la firma de la autoridad que libra la solicitud deberá tener su firma registrada en el Departamento de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, C. I. y C. En líneas generales, los funcionarios habilitados al efecto en los Tribunales de Alzada o Superiores o de la Procuración General de la Nación tienen su firma registrada en el citado Departamento pero es conveniente confirmar el registro antes de enviar la solicitud para su diligenciamiento y evitar demoras ulteriores.